# Autónomos Sin Verifactu: Riesgo De Cartas Hacienda Septiembre

> En septiembre, Hacienda intensificará inspecciones a autónomos que no usan Verifactu.

- URL: https://dataligroup.com/blog/autonomos-sin-verifactu-riesgo-cartas-hacienda-septiembre/
- Autor: Carlos Martínez Barriga
- Publicado: 2026-09-15
- Categorías: autonomos, noticias

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> **Actualización (6 de octubre de 2026):** el 5 de octubre Hacienda anunció que aplaza Verifactu a **octubre de 2028** para alinearlo con la factura electrónica obligatoria. Las fechas de 2027 que aparecen más abajo son las del calendario anterior del Real Decreto 1007/2023, que Hacienda ha sustituido. [Qué cambia y qué hacer →](/blog/verifactu-aplazado-octubre-2028-que-cambia-que-hacer/)

**Resumen ejecutivo**  
- **Qué pasa:** El Real Decreto-ley 15/2025 ha aplazado la entrada en vigor de la obligación de Verifactu al 1 de enero de 2027 para los obligados al Impuesto de Sociedades y al 1 de julio de 2027 para el resto de autónomos y pymes. Verifactu **no es todavía obligatorio**, pero Gestha (el sindicato de técnicos de Hacienda) recuerda que septiembre sigue siendo el mes en que arranca la campaña de inspección ordinaria del ejercicio anterior, con o sin Verifactu de por medio.  
- **Impacto real:** No hay sanción por no tener aún Verifactu implantado, porque el plazo legal no ha llegado. El riesgo real es el de siempre: sin trazabilidad digital voluntaria, la Agencia cruza datos de bancos y plataformas contra tu declaración y detecta discrepancias igual, con o sin el nuevo sistema.  
- **Lo relevante:** En estructuras complejas (SaaS, retail multicanal o importación) adelantarse a Verifactu antes de que sea obligatorio da una ventaja de trazabilidad. El riesgo no es la app, es la opacidad ante el fisco.  
- **Matiz que todos ignoran:** Cuando Verifactu sea exigible, no usar un sistema conforme a sus requisitos (o usar software que permita ocultar o alterar registros) sí tiene sanción específica, tipificada en el art. 201 bis de la Ley General Tributaria.  

## El aplazamiento real de Verifactu: lo que dice el RDL 15/2025  

El Reglamento Verifactu (RD 1007/2023, que desarrolla la Ley 11/2021 de prevención del fraude) llevaba meses generando dudas sobre su calendario. El **Real Decreto-ley 15/2025** zanjó la cuestión aplazando la obligación de emitir y remitir las facturas a través de sistemas Verifactu: entra en vigor el **1 de enero de 2027** para los contribuyentes del Impuesto de Sociedades y el **1 de julio de 2027** para el resto de autónomos y pymes obligados a IVA.  

Eso significa que, a día de hoy, nadie recibe una carta de Hacienda por “no tener Verifactu”: la obligación, sencillamente, no ha entrado en vigor todavía. Lo que sí existe desde antes es una obligación distinta: que el software de facturación no permita ocultar, manipular o duplicar registros. Usar o comercializar sistemas que sí lo permitan es infracción tipificada en el **art. 201 bis LGT**, con sanciones independientes del calendario de Verifactu.  

## De la intuición al dato: por qué septiembre sigue siendo un mes crítico  

Septiembre marca el inicio de la campaña de inspección ordinaria del ejercicio anterior, aplace o no la ley la obligación de Verifactu. Con la presión de la UE para cerrar brechas de IVA digital, la AEAT prioriza casos con trazabilidad débil, usando las herramientas que ya tiene hoy (SII, cruce de datos bancarios, información de plataformas).  

Según Gestha, la probabilidad de recibir una carta se mide en **inconsistencias**: ingresos bancarios que no coinciden con facturas emitidas o ventas reportadas por plataformas (Amazon, Shopify, MercadoLibre) que no aparecen en tu declaración.  

Para startups SaaS con cobros recurrentes en varios países o retailers con sedes en Madrid y Barcelona, adelantar la adopción de un sistema tipo Verifactu antes de la fecha límite reduce ese riesgo, aunque hoy no sea obligatorio.  

### El mito desmontado: “No uso Verifactu porque facturo poco”  

Los pequeños contribuyentes son los más vulnerables porque suelen carecer de asesoramiento fiscal robusto. La AEAT puede solicitar, con una simple carta:  

1. Extracciones bancarias de los últimos 24 meses.  
2. Listado de ventas no facturadas.  
3. Justificación de gastos deducibles.  

Sin un sistema de facturación digital y trazable, el punto 2 se vuelve un calvario: tendrás que reconstruir la historia financiera desde papel o Excel, y siempre habrá una línea olvidada que desencadene una multa.  

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## Lo que significa para tu estructura: del autónomo a la sociedad  

Si operas como autónomo, el riesgo es personal; si ya eres **Sociedad Limitada (SL)** o gestionas una franquicia, el riesgo se multiplica. Para empresas multicanal, adoptar cuanto antes un sistema Verifactu será el **hueso espinal del reporting fiscal** cuando la obligación llegue en 2027. Mientras tanto, sin envío automático:  

- **Cobros en varias monedas:** la conversión manual a euros aumenta el margen de error.  
- **Gastos en varios países:** validar facturas de proveedores extranjeros sin registro automático complica la deducibilidad del IVA soportado.  
- **Facturas rectificativas:** el papel no deja rastro, el sistema sí.  

> **Datos Datali:** En nuestro panel de clientes internacionales (SaaS y e-commerce), el 40 % de las incidencias fiscales menores en 2025 estuvieron relacionadas con discrepancias de fechas entre el registro de la factura y el cobro bancario. Adoptar Verifactu antes de que sea obligatorio reduce este margen a cero.  

## Cómo blindarte antes de que llegue la carta  

1. **Auditoría de trazabilidad:** revisa los últimos 12 meses. ¿Coinciden tus ventas de Amazon/Shopify con tus facturas?  
2. **Digitalización agresiva:** si aún usas Excel para el IVA, cámbialo ahora; no por moda, sino por supervivencia.  
3. **Asesoría proactiva:** necesitas un socio que revise la coherencia entre banco, facturación y contabilidad, no solo quien “llena formularios”.  

### Herramienta correcta para cada perfil  

- **Autónomos con pocas facturas:** pueden usar herramientas ligeras, pero conviene activar el envío automático cuanto antes, sin esperar al 1 de julio de 2027.  
- **Pymes con volumen:** requieren integración con ERP o software de contabilidad; Verifactu debe ser un “output” del sistema, no una entrada manual diaria.  

## Preguntas frecuentes  

**¿Me multan si no tengo Verifactu?**  
No, porque todavía no es obligatorio: el RDL 15/2025 aplaza su entrada en vigor al 1 de enero de 2027 (Impuesto de Sociedades) y al 1 de julio de 2027 (resto de obligados). Lo que sí existe ya, con independencia de ese calendario, es la sanción del art. 201 bis LGT para quien use o comercialice software que permita ocultar o manipular registros de facturación. Y, al margen de Verifactu, si recibes un requerimiento y no puedes justificar ingresos y gastos, puede derivar en liquidación de oficio y sanción por ocultación.  

**¿Puedo seguir usando mi programa de facturación actual?**  
Sí, siempre que cumpla los requisitos técnicos de Verifactu (integridad, conservación, trazabilidad, inalterabilidad) para cuando llegue tu fecha de entrada en vigor. No existe una “homologación” oficial de software: lo que exige la normativa es que el sistema cumpla esos requisitos, no un sello previo de un organismo.  

**¿Qué pasa con los gastos que no tienen factura?**  
Deben estar debidamente justificados y reflejados. Sin un sistema de facturación trazable, la carga de la justificación recae totalmente en ti; con el envío automático que traerá Verifactu, el fisco asumirá una mayor presunción de veracidad en tus ventas.  

**¿Es obligatorio para sociedades anónimas y limitadas?**  
Sí, cuando entre en vigor: el RDL 15/2025 fija el 1 de enero de 2027 para los obligados al Impuesto de Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto, con independencia de su forma jurídica. Las sociedades, por su mayor volumen, tienen mayor riesgo de discrepancia y, por tanto, mayor probabilidad de inspección incluso antes de esas fechas.  

**¿Qué hago si ya he recibido una carta de Hacienda?**  
No intentes resolverlo solo. La carta es una invitación a dialogar y, al mismo tiempo, un aviso. Necesitas un plan de respuesta documentado y, si tienes dudas sobre la coherencia de tus datos, contacta con un experto antes de responder.  

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## El futuro ya está aquí  

La digitalización de la AEAT no se detendrá. Verifactu, con su calendario ya aplazado a 2027, es el primer paso; el siguiente será la integración total de datos bancarios y de plataformas, ya en fase piloto.  

Para ti, la opacidad tiene los días contados. En un entorno donde los datos fluyen, quien no controla su información fiscal está en desventaja competitiva y legal. No se trata solo de “cumplir la ley”, sino de **dormir tranquilo** sabiendo que, si llega una carta, tienes la respuesta lista, verificada y automatizada.  

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